La Política institucional vigente de integridad académica aprobada con la Certificación Num.64 del año académico 2022-2023 de Senado Académico del Recinto de Río Piedras, Universidad de Puerto Rico y enmendada con la Certificación Num.66 del año académico 2023-2024 indica que:
“La Universidad de Puerto Rico promueve los más altos estándares de integridad académica y científica. El Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico (UPRRP) está comprometido con mantener y promover un ambiente intelectual y ético basado en los principios de integridad y rigor académico, confianza, respeto mutuo y diálogo sereno entre las personas de la comunidad universitaria esenciales para el logro de su misión. La integridad implica la firme adherencia a un conjunto de valores éticos fundamentales, tales como la honestidad, el respeto y la responsabilidad. La integridad académica es parte, no solo de la enseñanza y el aprendizaje, sino de las relaciones e interacciones consustanciales al proceso educativo, investigativo y administrativo. Debe permear todos los ámbitos de la vida y la comunidad universitaria.”
El alcance de la integridad académica es amplio y permea en todas las actividades del quehacer académico incluyendo a la comunidad universitaria completa: “Se enfoca, principalmente, en el ámbito estudiantil en el proceso de enseñanza y aprendizaje y la investigación. Sin embargo, la integridad académica atañe a todos los integrantes de la comunidad universitaria: estudiantes, personal docente y no docente.”
En esta guía temática se presentan conceptos, normativas y otro material textual y audiovisual relacionado con la integridad académica y conceptos éticos afines en el proceso de enseñanza-aprendizaje, investigación y publicación. El contenido está fundamentado en los documentos reglamentarios de la Universidad de Puerto Rico y del Recinto de Río Piedras, así como en códigos de ética y otros documentos relacionados de organismos internacionales como COPE (Committee on Publication Ethics), asociaciones profesionales como American Psychological Association (APA), universidades de diferentes países, entre otros.
Como integridad académica entendemos los principios y valores éticos que deben regir el comportamiento y el trabajo académico.
La integridad académica cobija múltiples conductas que ponen de manifiesto la presencia o falta de comportamiento ético en el ámbito académico:
En la normativa institucional la integridad académica se define como la “Acción, conducta o labor conforme a la honestidad académica, la confianza, el respeto mutuo y la responsabilidad compartida en la enseñanza, el aprendizaje, la investigación y el servicio en y fuera de la comunidad universitaria de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras de las y los integrantes de la comunidad universitaria.”
“Acto o conducta contraria a la integridad académica, que no ocurre como resultado de errores o diferencias honestas e involuntarias en la interpretación o manejo de instrucciones, datos o información.”
“Toda forma de deshonestidad académica, incluye, pero no se limita a, acciones fraudulentas, la obtención de notas o grados académicos valiéndose de falsas o fraudulentas simulaciones, copiar total o parcialmente la labor académica de otra persona, plagiar total o parcialmente el trabajo de otra persona, copiar total o parcialmente las respuestas de otra persona a las preguntas de un examen, haciendo uso o consiguiendo que otro tome en su nombre cualquier prueba o examen oral o escrito, así como laayuda o facilitación para que otra persona incurra en la referida conducta” (Artículo 6.2, Inciso 1, del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico).
“Conducta o acción con intención de defraudar, incluyendo, pero sin limitarse a, la alteración maliciosa o falsificación de calificaciones, expedientes, tarjetas de identificación u otros documentos oficiales de Universidad o de cualquier otra institución. Estará igualmente, sujeto a sanción disciplinaria todo acto de pasar o circular como genuino y verdadero cualquiera de los documentos antes especificados sabiendo que los mismos son falsos o alterados” (Artículo 6.2, Inciso 2, Reglamento General de Estudiantesde la Universidad de Puerto Rico).”
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Comisión Estatal de Elecciones CEE-SA-2020-3538
Aprobado por la Comisión Estatal de Elecciones y el número de radicación correspondiente